La recopilación de datos y el abuso de posición dominante de Facebook.

El pasado martes teníamos conocimiento de la resolución dictada por el más alto tribunal del país alemán, el Tribunal Federal de Justicia, contra Facebook por considerar que la misma ha violado las leyes de competencia del país al abusar de una posición de dominio en el mercado de las redes sociales.

A estas alturas, a nadie le sorprende el poder de que dispone la compañía americana. A lo largo de los años, hemos visto cómo crecía a pasos agigantados y se iba haciendo con cuotas de mercado cada vez más grandes hasta convertirse en lo que hoy es, una de las empresas que mayor control atesora en el ámbito de la publicidad online.

Para llegar hasta aquí, Facebook siempre ha sabido dibujar una estrategia clara de crecimiento: por un lado, a nivel interno no solo ha conseguido sacar partido de los datos personales de los usuarios que utilizan su red social Facebook sino que se ha ido apropiando de otros servicios de internet, utilizados de forma masiva por los usuarios, como WhatsApp o Instagram. Por otro lado,a nivel externo, ha ido enriqueciendo cada vez más sus bases de datos a través de la creación y distribución de todo tipo de interfaces o complementos tecnológicos a terceras empresas, facilitando así la conexión de los sitios webs o aplicaciones de estas empresas a los propios sistemas de Facebook con el fin de facilitar la creación de campañas publicitarias y ofrecer sistemas de medición, análisis y seguimiento del éxito generado. Así, por ejemplo, las webs o aplicaciones se han llenado de botones de “Me gusta”, “Compartir en Facebook”, insertar comentarios a través de la red social, píxeles de Facebook para la medición y analítica, y un largo etcétera.

A esto debe añadirse el hecho de que Facebook, una vez recogida esta información de todas las plataformas y sitios web en los que opera, la combina, facilitando este enriquecimiento desmedido de los datos, sin ofrecer a los usuarios la posibilidad de dar su consentimiento u oponerse a este tratamiento de sus datos.

Todo ello en su conjunto permite la creación de una ingente cantidad de datos que Facebook monetiza, no a través de los usuarios de sus redes sociales, sino gracias a las compañías que quieren utilizar estas redes sociales para promocionar sus productos. Cuanto mayor es la base de datos, y mejor es la calidad de la misma, más posibilidades hay de continuar financiando sus servicios con grandes ingresos por publicidad.

Este círculo vicioso de crecimiento es el que ha llevado al Tribunal Federal Alemán a entender que se estaba produciendo un deterioro del mercado de la publicidad online, debido a los efectos negativos en la competencia por los contratos de publicidad, siendo muy difícil para un competidor lograr un número de usuarios similar y ofrecer una competencial real en la publicidad online a esta red social.

Por todo ello, aun a pesar de que la presente decisión podría tener todo el sentido desde una perspectiva de incumplimiento del Reglamento General de Protección de Datos, por utilizar los datos de los usuarios de Facebook fuera de esta red social aun incluso cuando no hubieran iniciado sesión en la misma, sin embargo, el Tribunal considera especialmente crucial la consideración de que los términos de uso de los servicios de Facebook son abusivos por no dejar opción de elección al usuario final, para acudir la vía de la Libre Competencia. Por ello, instan a Facebook a ofrecer al usuario la posibilidad de otorgar su consentimiento para combinar los datos de los usuarios en Facebook con otra información de sí mismos generada en otros sitios webs o apps de terceros, y por tanto utilizar la red con una mayor personalización de la experiencia del usuario, o bien que dicha personalización sólo se realice con los datos que el usuario revele en la red social, sin combinarlos con ninguna otra información adicional.

En cualquier caso, Facebook ha indicado que no ejecutará aún los cambios propuestos en la red social, puesto que continuará luchando para defender su posición, pudiendo aún apelarse la decisión ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea.

Loreto Jiménez Muñoz | Head of Privacy | L-A

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