Google: en el punto de mira de las autoridades Europeas (otra vez)

Google, al igual que otras grandes tecnológicas, lleva tiempo acaparando la atención de las autoridades europeas (y, por desgracia para el gigante, no siempre de forma positiva).

Hace unos meses, el Tribunal General de la Unión Europea (TGUE) respaldó la millonaria sanción que la Comisión impuso a Google en el año 2018 por prácticas anticompetitivas, fijando el importe final de la multa en la astronómica cifra de 4.125 millones de euros. El TGUE consideró, tal y como había apuntado previamente la Comisión, que ciertas restricciones impuestas por Google a los fabricantes de dispositivos móviles Android y a los operadores de redes móviles (como la obligación de preinstalar Google Search y Google Chrome) tenían como objetivo garantizar que el tráfico fuera dirigido a su motor de búsqueda, reforzando así su posición de dominio.

Menos de un año antes, este mismo tribunal había confirmado otra sanción impuesta a la compañía en un asunto similar. En este caso, tanto el TGUE como la Comisión entendieron que Google había infringido las normas de competencia al emplear algoritmos que favorecían su propio comparador de productos mediante una presentación y un posicionamiento privilegiados, en detrimento de los resultados de los comparadores de sus competidores. Esta sanción, recurrida ahora ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, ascendió a 2.420 millones de euros.

Elevadísima fue también la multa de 1.490 millones de euros que la Comisión impuso a la multinacional en el año 2019, pendiente hoy de recurso ante el TGUE. En esta ocasión, la vulneración de la competencia se produjo en el mercado de la publicidad. El origen de la infracción fue la inclusión de cláusulas restrictivas en los acuerdos de Google con editores de sitios web para impedir que sus competidores pudieran insertar en ellos su publicidad (o para relegar sus anuncios a los espacios publicitarios menos atractivos).

Pero no solo los organismos defensores de la competencia han puesto a Google en su punto de mira. Las autoridades de consumo de la Unión Europea tienen, también, mucho que decir.

En el año 2021, la Red de Cooperación para la Protección de los Consumidores (CPC) inició una investigación sobre las prácticas comerciales y contractuales de Google. En concreto, la CPC decidió examinar los términos y condiciones de Google Store, Google Play, Google Ads, Google Search, Google Flights y Google Hotels, al tener sospechas fundadas de que podrían no adecuarse a la normativa europea en materia de consumo.

De acuerdo con la posición común de las autoridades nacionales de consumo de los diferentes Estados miembros, algunas de las principales deficiencias detectadas en uno o varios de los servicios de Google mencionados en el párrafo anterior fueron las siguientes:

-La información sobre el comerciante (identidad, dirección, número de identificación fiscal, etc.) no aparecía o no se encontraba fácilmente accesible, por lo que el usuario no siempre podía conocer si estaba contratando directamente con Google o con un tercero.

-No se proporcionaba una forma directa y efectiva de comunicación con Google.

-No se facilitaba un enlace a la plataforma de resolución de litigios en línea de la Comisión Europea.

-La información precontractual esencial (por ejemplo, aquella relativa al derecho de desistimiento o a las garantías) no se ponía a disposición del usuario o, si se hacía, no con la suficiente claridad.

-En ocasiones, los precios mostrados al cliente no eran precios finales y no incluían tasas o impuestos. En el caso de promociones y descuentos, los precios base no siempre se identificaban.

-No se explicaba de forma transparente qué criterios utilizaba el motor de búsquedas de Google para ordenar los resultados ni cómo los pagos podían influir en este orden.

-Algunas reseñas que se presentaban como fidedignas no habían sido verificadas.

-Los procedimientos de retirada de contenido ilegal eran mejorables.

-Los términos y condiciones que permitían a Google cancelar pedidos y/o modificar unilateralmente el precio alegando un error suponían un desequilibrio entre el comerciante y el consumidor.

-Debían evitarse ciertas prácticas de geobloqueo.

La investigación de la CPC dio paso a un diálogo con Google. Hace escasas semanas, la Comisión hizo públicos los compromisos asumidos por la empresa para mejorar la transparencia y claridad de las condiciones de sus servicios. A partir de ahora, la CPC vigilará el cumplimiento de estos compromisos, a los que Google deberá ceñirse si quiere evitar nuevas sanciones millonarias.

El hecho de que Google sea una compañía multinacional que, por su papel en el mercado, atrae gran parte de la atención de las autoridades no debe llevarnos a engaño: cualquier empresa que opere en Internet puede aprender (y mucho) de la investigación llevada a cabo por la CPC. A modo de ejemplo, son incontables los sitios web que hoy en día continúan sin mostrar los precios finales de forma correcta, que cuentan con unos términos y condiciones prácticamente ininteligibles o que no facilitan un enlace a la plataforma de resolución de litigios en línea de la Comisión Europea pese a estar obligados a ello. Para todos ellos, estudiar la ficha que resume los compromisos acordados entre la CPC y Google puede ser un buen punto de partida.

Marina Manzanares Sanz, Head of IP/IT and Commercial Law, Legal Army

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