La Audiencia Provincial de Madrid ha cancelado la deuda que un ciudadano tenía con su banco, de casi 6.500 euros, porque las cláusulas que éste había firmado estaban redactadas con una tipografía “minúscula” e “ilegible”, incumpliendo todos requisitos de transparencia exigidos por la ley para este tipo de productos financieros.

Tal y como señala la sentencia, la deuda del cliente alcanzaba los 9.755 euros y provenía de una serie de impagos que se habían producido, según el banco, desde 2007 hasta 2012, fecha en que la tarjeta fue dada de baja. Finalmente, se redujo la deuda a 6.500 euros, que la jueza decidió anular al tener ella misma que pedir una copia del texto original.

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