¿Se pueden instalar cookies analíticas sin consentimiento en páginas web de partidos políticos?

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El pasado 2 de noviembre de 2020, un interesado presentó ante la AEPD una reclamación por la instalación de cookies analíticas al momento de acceder a la página web del partido político “Podemos”, sin que mediara información sobre la propiedad de las cookies ni una manera de prestar el consentimiento para su instalación a través del banner de cookies.

En consecuencia, la AEPD resolvió declarase incompetente y archivar el asunto, al concluir que las páginas web institucionales de partidos políticos, en el ámbito del desarrollo de su actividad, no pueden ser considerados como Prestadores de Servicios de Sociedad de la Información. En consecuencia, la AEPD consideró que la legislación correspondiente no le es directamente aplicable.

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