El Juzgado de lo Penal número 4 de Murcia ha considerado que losadministradores de las páginas web “películasyonkis.es”, “seriesyonkis.es” y“videosyonkis.es” entre los años 2008 a 2014 no han atentado contra la Ley dePropiedad Intelectual al no contener dichas webs ningún tipo de contenidoaudiovisual, sino limitarse a la publicación de los enlaces que conducían aotros servidores donde se alojaban las obras. Además, la sentencia señala,entre otras cuestiones, que los administradores no obtuvieron  ingresos económicos directos derivados del númerode descargas del contenido publicado, resaltando además que no hay infraccióndel Código Penal porque la conducta de ofrecer enlaces con listados ordenados yclasificados de obras, aunque los enlaces hayan sido facilitados por otros, únicamenteestá tipificada y sancionada desde el año 2015.

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