La Audiencia Nacional ha dictado una sentencia en la que considera que la libertad de expresión prima sobre la ley de protección de datos y el derecho al olvido, rechazando que Google tenga que borrar las noticias sobre un hombre que resultó absuelto de abuso sexual, al tener dichas informaciones relación con su profesión, aunque matiza que el buscador debe colocar en primer lugar la noticia de la absolución que puso fin al procedimiento penal frente al resto de noticias condenatorias.

Así, la sala de lo contencioso-administrativo de la Audiencia Nacional señala que para ponderar los derechos en juego debe tenerse en cuenta que las noticias cuestionadas se refieren a la vida profesional y no a la vida personal, "pues ello es muy relevante para modular la intensidad que ha de merecer la protección del derecho regulado en el artículo 18.4 de la Constitución, como ha señalado esta Sala y Sección en la sentencia de 17 de mayo de 2017".

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