La AEPD vuelve a sancionar a Vodafone

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La Agencia Española de Protección de datos (AEPD) ha impuesto una sanción de 100.000 euros a Vodafone por incumplimiento del artículo 28 (Encargado del tratamiento). El motivo de la sanción viene a raíz de una llamada publicitaria a una línea inscrita en el listado de exclusión publicitaria por parte del encargado del tratamiento.

El reclamante, inscrito en la Lista Robinson de exclusión publicitaria, recibió la llamada publicitaria, por lo que esta cuestión se pudo haber evitado mediante la aplicación de medidas organizativas y técnicas por parte de Vodafone en el momento de contratación del encargado del tratamiento.

La AEPD vuelve a poner el foco en la obligación que tiene el responsable en cuanto a la selección de encargados de tratamiento que ofrezcan garantías suficientes de la aplicación de la normativa vigente en materia de protección de datos, así como el deber de responsabilidad proactiva de Vodafone con respecto a evaluar de forma periódica las garantías ofrecidas por el encargado del tratamiento que garanticen los derechos y libertades de los interesados. 

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