Termina el plazo de trasposición del Código Europeo de las Comunicaciones Electrónicas.

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El pasado 21 de diciembre de 2020 se producía la terminación del plazo de trasposición a los ordenamientos jurídicos internos del Código Europeo de las Comunicaciones Electrónicas, aprobado por la Directiva (UE) 2018/1972 del Parlamento Europeo y del Consejo de 11 de diciembre de 2018. Entre los objetivos del Código se encuentra la protección de los consumidores en los servicios de mensajería, por lo que la seguridad del contenido de las telecomunicaciones se ve fuertemente reforzada.

Esto ha provocado que los grandes proveedores de servicios de mensajería adapten, de manera preventiva, las herramientas y servicios que proveen a la espera de un mayor esclarecimiento acerca de las repercusiones de la entrada en vigor del Código. Así, por ejemplo, Facebook ha decidido retirar algunas de las herramientas que aplicaba en la mensajería de Instagram y Messenger. Además, ha incluido una referencia a su retirada y a su repercusión negativa en la publicidad personalizada, lo que constituye una evidente manifestación pública de su oposición a dicha norma.  

La afectación de la denominada mensajería “over the top”, implica que la lectura o escaneado del contenido de los mensajes para la utilización de publicidad personalizada queda limitada a la prestación del consentimiento por el usuario. Así, servicios del volumen y la relevancia de Google Mail han necesitado recabar consentimiento específico, expreso y afirmativo (opt-in) para el empleo de “smart features” tales como la predicción de texto.

En vista de estos cambios de tendencia, cabe esperar que muchos otros operadores del mercado tecnológico modifiquen su operatividad en materia de mensajería.

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