¿Se pueden instalar cookies analíticas sin consentimiento en páginas web de partidos políticos?

Comparte

El pasado 2 de noviembre de 2020, un interesado presentó ante la AEPD una reclamación por la instalación de cookies analíticas al momento de acceder a la página web del partido político “Podemos”, sin que mediara información sobre la propiedad de las cookies ni una manera de prestar el consentimiento para su instalación a través del banner de cookies.

En consecuencia, la AEPD resolvió declarase incompetente y archivar el asunto, al concluir que las páginas web institucionales de partidos políticos, en el ámbito del desarrollo de su actividad, no pueden ser considerados como Prestadores de Servicios de Sociedad de la Información. En consecuencia, la AEPD consideró que la legislación correspondiente no le es directamente aplicable.

Leer más

Posts relacionados que podrían interesarte

8, febrero 2018

Endeavor España y Pérez-Llorca analizan la RGDP en el ecosistema emprendedor.

4, septiembre 2025

Los efectos colaterales de los bloqueos de IP de LaLiga: empresas afectadas y usuarios frustrados

22, septiembre 2022

¿La difusión del contenido de una denuncia puede vulnerar el derecho al honor?

18, septiembre 2025

El CNIL sanciona a Google por la falta de transparencia en el uso de las cookies

1, marzo 2024

La Amenaza del Phishing en las Empresas

18, julio 2024

Kaspersky se retira de Estados Unidos tras las restricciones a sus productos