Posible violación de la Directiva de Mercados Digitales por Meta, la sanción puede llegar a 10% del volumen de sus negocios mundiales

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De acuerdo con la reciente entrada en vigor de la Directiva de Mercados Digitales (en adelante, DMA, por sus siglas en inglés), Meta tendría la consideración de gatekeeper, y por lo tanto, tiene que observar una serie de normas estrictas respecto a los servicios considerados ”core platform”, como la necesidad de recopilar el consentimiento para rastrear la actividad digital fuera de estos servicios ”core” con fines de publicidad dirigida.

Solo han transcurrido seis meses desde que estas obligaciones entraron en vigor, y la Comisión Europea ya considera que la política de “Pay and Consent” de Meta incumple la DMA. La política permite que los usuarios tengan una opción de pago para Facebook e Instagram en la que no se podrá recopilar datos, o continuar con el servicio gratuito pero consintiendo el uso de datos con fines publicitarios.

La Comisión Europea inició la investigación y, en una conclusión preliminar, se posicionó en el sentido de que esta política no cumple la DMA, ya que este modelo no permite que el interesado efectivamente ofrezca su consentimiento libre, según requisito del DMA (artículo 5, apartado 2) para combinar sus datos personales entre los servicios de plataforma central (SPC) designados y otros servicios.

Por el momento, la Comisión va a continuar investigando y Meta tendrá la oportunidad de ejercer su derecho a contestar a estas conclusiones preliminares. La decisión final se conocerá en marzo de 2025. En caso de que se entienda que hubo una violación a la ley, se podrá aplicar una multa de hasta el 10% del volumen de negocios mundial total del gatekeeper.

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