Los trabajadores de Deliveroo son asalariados y no autónomos.

Comparte

ElJuzgado de lo Social número 19 de Madrid ha estimado la demanda interpuesta porla Tesorería General de la Seguridad Social, considerando que los más de 500trabajadores de Deliveroo son trabajadores asalariados.

Elfallo se basa en que los “Riders” prestan sus servicios bajo un sistema de trabajoorganizado y regido por la propia empresa, la cual contaba con una complejaorganización de todas las actividades de los trabajadores y penalizaba a estospor rechazar pedidos. La propia Inspección de Trabajo ya había obligado a laempresa a dar de alta a los trabajadores. El fallo sentencia a Deliveroo apagar cerca de 1,2 millones de euros en concepto de cotizaciones atrasadas a laSeguridad Social. Deliveroo, por su parte, ya ha anunciado que recurrirá lasentencia ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid y ha reclamado unareforma legal en España sobre este modelo laboral.

Si quieres ver la Sentencia completa, clica aquí:

https://issuu.com/prisarevistas/docs/sentencia_jzdo._social_19___riders_

Leer más

Posts relacionados que podrían interesarte

10, septiembre 2020

¿Se puede utilizar el número de teléfono particular para llamar y enviar mensajes relacionados con el trabajo?

18, marzo 2021

El Comité Europeo de Protección de Datos aprueba su plan de acción para el periodo 2021-2022

29, julio 2020

La AEPD actualiza su Guía de Cookies.

14, mayo 2020

La AEPD considera que la huella dactilar y el reconocimiento facial utilizados para controlar el acceso podrían no ser datos sensibles.

26, marzo 2026

La AEPD publica una guía sobre la contratación de herramientas tecnológicas en el sector educativo

18, abril 2024

La OTAN elige al Instituto Nacional de Ciberseguridad de España para formar startups de ciberseguridad