La autoridad italiana sanciona a Glovo por el uso de sistemas de control sistemático sobre sus empleados

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El pasado 22 de noviembre, Il Garante, la autoridad de control italiana, emitió una nota de prensa donde informaba que, en fecha 13 de noviembre, había decidido imponer a Foodinho S.R.L., empresa del grupo Glovo, una multa por el uso de unos sistemas que controlaban de forma sistemática y exhaustiva a sus trabajadores. 

La empresa recopilaba información de la geolocalización y del desempeño de sus empleados de manera masiva y procedía a elaborar perfiles para el correcto funcionamiento de un sistema de evaluación del desempeño. Este sistema de puntuación se basaba en algunos parámetros o variables entre los que se incluyen el tiempo de entrega, los encargos aceptados o la valoración de los clientes. El sistema de puntuación está configurado de tal modo que asigna más oportunidades de trabajo a quienes realizan más entregas y, de este modo, fomenta la continuidad en la relación laboral y reduce las oportunidades de trabajo a los riders que no aceptan el encargo.

Para confirmar la licitud de esta actividad de tratamiento, la autoridad italiana no encontró ninguna base legal en la normativa sectorial que la pudiese justificar. En el Derecho nacional italiano, estos sistemas de control a distancia utilizados por el empleador deben tener como finalidad garantizar la seguridad en el trabajo, la protección del patrimonio empresarial u obedecer a razones de organización y producción; los cuales deben estar sujetos a aprobación de los representantes legales de los trabajadores o por la Inspección Nacional de Trabajo. La empresa no pudo justificar que este sistema de evaluación obedecía a estas finalidades y tampoco contó con la aprobación por parte de los representantes ni de la Administración.

La multa ascendió a los 5 millones de euros al combinarse con otras múltiples infracciones del RGPD, muchas de las cuales son consideradas como muy graves.

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