La autoridad danesa en protección de datos emite una decisión sobre el derecho de acceso en una compañía de seguros

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La autoridad danesa de protección de datos («Datatilsynet») ha emitido una decisión a raíz de una denuncia de un ciudadano contra una compañía de seguros que se había negado a concederle su derecho de acceso a la información sobre dicho ciudadano que la compañía de seguros había recopilado sobre el denunciante.

Dicha información se refería a material captado a través de vigilancia y esta compañía no puede negarse a dar acceso a un antiguo cliente a material de vigilancia sobre la base de que el cliente utilizaría el material para una posible demanda contra la compañía de seguros.

En particular, Datatilsynet consideró que la compañía de seguros había infringido el artículo 15 del RGPD, al no haber demostrado consideraciones suficientes que anulen el derecho de acceso del ciudadano. Además, la autoridad danesa declaró que el hecho de que los datos personales recopilados pudieran estar involucrados en una posible disputa legal no constituía, en este caso específico, una consideración tan decisiva para los intereses de la compañía de seguros que pudiera quedar exenta del derecho de acceso. 

Además, el Datatilsynet señaló que el derecho de acceso tiene por objeto dar a los interesados (incluidos los denunciantes) acceso para comprobar la exactitud de la información y la legalidad del tratamiento, y excepciones a este derecho que, por lo tanto, requieren que existan consideraciones específicas pertinentes a las que el derecho de acceso del interesado debe ceder. Por ello, no se consideró que los datos personales reales recopilados sobre el cliente en el contexto del seguimiento realizado tuvieran contenido que pudiera conducir a un riesgo inminente de daño material a los intereses privados.

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