“Influencers” obligados a señalizar los anuncios.

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La  Asociación Española de Anunciantes y Autocontrol han publicado un Código de Conducta sobre el uso de influencers en la publicidad en el que regula este tipo de publicidad en redes sociales a partir del 1 de enero de 2021.

Este documento obliga a todos los anunciantes a incluir en sus contratos con “influencers” una cláusula por la que quedan vinculados a las actuaciones previstas en tal código en cuanto a la forma de publicitar sus productos o servicios de las marcas que les han contratado. De esta manera, se trata de garantizar el cumplimiento del principio de autenticidad o identificación del carácter publicitario, uno de los principios básicos de la publicidad lícita, por los que debe desvelarse ante los destinatarios cuándo nos hallamos ante una comunicación, publicación o post con fines promocionales.

En este sentido, el Código establece que nos encontramos ante menciones o contenidos publicitarios cuando:

-Estén dirigidos a la promoción de productos o servicios

-Sean divulgados en el marco de colaboraciones o compromisos recíprocos (objeto de un pago u otra contraprestación)

-El anunciante o sus agentes ejerzan un control editorial sobre el contenido divulgado.

Por contraprestación se entenderá, entre otros: el pago directo (o indirecto a través de agencias), la entrega gratuita de un producto, las entradas gratuitas a eventos, prestación gratuita de un servicio, cheques regalo, bolsas regalo y los viajes.

El Código recomienda utilizar indicaciones genéricas como “publicidad”, “publi”, “en colaboración con” o patrocinado por” u otras formas similares, debiendo hacerse esta mención de forma claramente visible.

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