EL TJUE permite comunicar la dirección IP del usuario utilizada para vulnerar derechos de propiedad intelectual

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El Tribunal de Justicia admite en su sentencia de 17 de junio de 2021, Mircom y Telenet, que en determinadas condiciones, es admisible el registro de las direcciones IP de usuarios y la comunicación de sus nombres y direcciones postales al titular de los derechos de propiedad intelectual o a un tercero para permitir la presentación de una demanda solicitando una indemnización por la infracción de derechos de propiedad intelectual.

En su sentencia, TJUE declara que es admisible, bajo el Derecho de la UE, el registro sistemático, por parte del titular de derechos de propiedad intelectual, de direcciones IP de usuarios de redes entre pares (peer-to-peer) cuyas conexiones de Internet supuestamente se utilizaron para llevar a cabo ilícitos de propiedad intelectual. Igualmente, es posible la comunicación de los nombres y de las direcciones postales de esos usuarios al titular o a un tercero para la presentación de una demanda solicitando una indemnización por infracción de derechos de propiedad intelectual. 

Para ello, deberán cumplirse determinados requisitos: las solicitudes de información deberán ser proporcionadas y no abusivas. Además, deberán estar fundamentadas jurídicamente en una medida legal nacional que limite el alcance de los derechos y obligaciones comprendidos en el Derecho de la UE. El TJUE precisa que la petición será desestimada si es injustificada o no proporcionada, lo que corresponde comprobar al tribunal remitente.

Por último, el Tribunal aclara que el Derecho de la Unión permite a los Estados miembros imponer la obligación a los proveedores de acceso a Internet de comunicar a los particulares datos personales para permitir ejercitar acciones ante la jurisdicción civil contra las infracciones del derecho de propiedad intelectual.

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